El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de factura electrónica (CFDI), por lo que, el emisor que condiciona la expedición de una factura a cambio de la entrega de dicho documento incurre en una infracción que se sanciona hasta con 122 mil 440 pesos.
De acuerdo al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción el condicionar la emisión de CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, y se castiga a quien lo realice con una multa que va de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos.
Cabe precisar que para facturar, el emisor únicamente requiere la clave de RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal; datos que se pueden obtener con la Cédula de datos fiscales en el siguiente vínculo: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/
Este organismo tributario aclara también que los empleadores no deben solicitar a sus personas trabajadoras la CSF para el timbrado de nómina, ya que pueden solicitar los datos mediante un caso de aclaración en términos de la ficha de trámite 44/CFF Solicitud de datos en el RFC de asalariados del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Se recuerda que la CSF contiene información que es relevante únicamente para la o el contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no se requiere para la emisión de CFDI.
Además, la CSF no tiene vigencia y se actualiza solo cuando la o el contribuyente realiza alguna modificación de su información en el RFC, como cambio de domicilio fiscal, actualización de régimen fiscal o actividades económicas, modificación o incorporación de CURP, entre otros; por lo que no es necesario obtenerla con una periodicidad particular.
La Constancia de Situación Fiscal está disponible a través de los siguientes canales:
Para personas físicas o morales:
- Desde el Portal del SAT: gob.mx con Contraseña o e.firma vigente.
Para personas físicas:
- Aplicación SAT Móvil, donde puede descargarse de forma permanente.
- SAT ID a través de la cual se puede recibir de manera mensual.
- Oficina Virtual, al registrar una cita en sat.gob.mx y seleccionar el servicio “Entrega de Constancias”.
- En las oficinas del SAT sin cita, al presentar una identificación oficial vigente o con huella digital.
Fuente Origen: Comunicados SAT
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780254&fecha=17/02/2026#gsc.tab=0
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